
El Ministerio de Hacienda de España, la entidad reguladora, apuntó sobre el uso de los Non-Fugible Tokens (NFT) al declarar que estos “no participarían de la naturaleza de las criptomonedas y demás divisas digitales”.
De esta manera, declaró la institución española al responder una consulta ante el uso de los tokens coleccionables en el país, en donde su respuesta descartó su calificación a los NFT como una divisa ni como bienes fungibles.
Asimismo, las autoridades del Ministerio de Haciendo de España extendieron sus declaraciones al referirse a la venta de estas piezas digitales que posean una réplica física o se encuentren referidas a un “bien corporal existente”.
Siendo que, al concretar estas ventas, para la entidad esto no le otorga los derechos sobre el objeto al nuevo dueño, en su lugar lo proporciona tan solo sobre el token.
“En definitiva, el objeto de la transacción parece consistir en el propio certificado digital de autenticidad que representa el NFT sin que tenga lugar la entrega física del archivo de imagen ni del propio archivo digital asociado al mismo”.
Dicho tratamiento especificado por parte del Ministerio de Hacienda español se asemeja a lo sucedido con las obras de galerías de arte o con objetos físicos coleccionables.
En tanto a la interrogante sobre las tarifas de impuestos aplicados sobre el artículo adquirido y el proceso de comercialización con estos activos, destacaron que esta podría variar dependiendo de la persona portadora o la entidad que se haga con la compra de la pieza.
Por ejemplo, si el NFT en cuestión es vendido por una empresa o alguna persona como parte de su labor profesional, el impuesto correrá por parte del comprador del token.
España se ha convertido en una de los principales países centrados en el marco regulatorio para las acciones con las criptomonedas en toda Europa, destacando sus múltiples avances en la construcción de leyes que emitan restricciones o límites al manejo de estos activos por las empresas en la nación.
Y es que el Estado español se ha enfocado en construir un espacio controlado ante el potencial de las operaciones con Bitcoin (BTC) y el flujo de las inversiones con criptomonedas.
Si bien no se ha estipulado una ley que abarque la regulación de los NFT, el sistema de control sobre las monedas digitales ha encontrado múltiples avances que puedan llegar a ser aplicadas a su variante de colección.
Entre las principales cartas legales se encuentra el registro de proveedores de servicios con activos virtuales que fue expuesto por el Banco Central de España. La normativa estipula que los exchange y monederos operativos en el país deberán presentarse ante la entidad del sistema monetario local.
Asimismo, la nación europea encuentra una legislación anti fraude del Ministerio de Hacienda de España, el cual deja en clara desventaja a las acciones de los exchanges españoles en comparación con los extranjeros, puesto que estos últimos no deberán representar ningún tipo de cuentas ante las autoridades españolas.
De igual forma, se encuentra una de las más recientes medidas tomadas por las instituciones reguladoras en España, la cual podría afectar de manera directa a los usuarios que cuenta con fondos en la criptomoneda pionera, Bitcoin.
Y es que un texto publicado por parte del banco central estipulaba que la entidad, bajo ciertas circunstancias, podrá impedir la adquisición de algunas criptomonedas en distintos centros exchange o entidades cripto, incluso si estas cuentan con los permisos necesarios para emitir estos servicios.
De esta forma, los bancos nacionales estarían en total libertad de bloquear las cuentas que encuentren necesarias para frenar la entrada de estos criptoactivos, tal como fue reportado por Noticiero Bitcoin.